Declaración de los obispos de la Región Patagonia-Comahue (Junio de 2010)
Introducción
El debate instalado a nivel nacional acerca de la reforma del Código Civil para permitir el acceso al matrimonio de personas del mismo sexo nos convoca a la participación y al diálogo con todas las instituciones, organizaciones y personas de nuestra sociedad que se sienten involucradas en la búsqueda del Bien Común.
Somos concientes de integrar una sociedad pluralista en la que se tiende a posicionar la riqueza de la diversidad y la expresión de posturas divergentes. Nos une a todos, sin embargo, el mismo suelo y sentimiento de Patria en la que queremos construir una Nación libre, justa, solidaria, con futuro, sin exclusiones ni discriminaciones, donde todo ser humano tenga acceso a las condiciones que le posibiliten una vida digna y feliz. De hecho nadie podrá sentirse plenamente realizado mientras haya otros semejantes estigmatizados por los prejuicios de cualquier signo, o discriminados por su condición sexual, étnica, social, cultural, política o religiosa.
En un Estado democrático y pluralista, como el que se va afirmando en nuestro país, muchas divergencias y posiciones hoy encontradas deben hallar su justo marco de convivencia a través de un diálogo maduro, sincero y constructivo, que permita la expresión de todos, la escucha del otro, el discernimiento de lo que hace al Bien Común, y la correspondiente toma de decisiones en la instancia adecuada, con la legislación que establezca los derechos y deberes de todos los ciudadanos.
Dentro de esta perspectiva queremos escuchar y ser escuchados, abiertos a entender las razones de los demás y prontos a dar las razones que explican o motivan nuestras posturas públicas, nuestros principios y nuestras opciones profundas de conciencia.
1. Matrimonios de personas del mismo sexo
a. Creemos que, en este marco, el tratamiento del Proyecto de Ley de Matrimonio de personas del mismo sexo ha sido impuesto a la población sin la adecuada atención a su substrato más genuino y profundo, su patrimonio cultural y su escala de valores. Se pretende dar una respuesta a una aspiración de un sector de la población que necesita salir de una cierta marginación social y que busca lograr algunos derechos y deberes que, dice, le corresponden como ciudadanos y como miembros de la familia humana. Se desconoció, sin embargo, una metodología y estrategia más integradoras y respetuosas de todos. Un tema de esta envergadura debía estar en la carta de presentación pre-electoral, y debía debatirse con una participación real del pueblo argentino, donde se pudieran expresar no solo sentimientos, sino también las razones y principios que sustentan los fundamentos de nuestra sociedad, el respeto auténtico de las personas, el código de convivencia y la garantía del Bien Común, por encima de los intereses individuales o particulares, por encima de presiones de cualquier tipo, evitando todo aquello que se dice para descalificar posturas y razones distintas. Esta manipulación es grave, y desmerece la calidad de un Estado democrático y pluralista.
b. Como Pastores de la Iglesia , que considera al Matrimonio y a la Familia como un bien fundante de una sociedad sana y armónica, y que le reconoce además un carácter sagrado, podríamos hablar de lo que es propio y particular de la visión católica de dicha realidad. Se trata de un don que gozan quienes, creyendo en Jesucristo, abrazan el camino de la Iglesia Católica , que tiene su origen en Cristo y en los Apóstoles, iluminados por la Palabra de Dios en la lectura fiel que hace el Magisterio de la Iglesia. Bajo esta luz, el Matrimonio es un bien público, no imponible; por eso lo testimoniamos, lo anunciamos y lo ofrecemos a la libertad humana, con humildad y convicción, al margen de este debate. Aquí preferimos no hacer hincapié en el patrimonio religioso eclesial, sino remitirnos a aquellos principios universales que nos unen a todos y son anteriores al origen de la Iglesia y del Estado. Son principios instalados en el camino mismo de la humanidad, en todos los tiempos y culturas, con algunos elementos permanentes a pesar de muy diversas formas de realización. Sobre esos ejes firmes se ha inspirado y debe seguir inspirándose la ley para garantizar el bien común del matrimonio y de la familia, sin desigualdades ni uniformidades jurídica y prácticamente discriminatorias. Con mayor razón hay también que excluir de este debate los intereses coyunturales y partidarios, pues se alejan de la noble causa que pregonan de querer tutelar tanto los derechos básicos de las personas como el Bien Común.
c. Las consideraciones que podamos hacer sobre la Ley de Matrimonio incluye y supera, además, la perspectiva de la sexualidad humana. No sería justo reducir el matrimonio, que es un bien público, a la sola categoría de comunidad afectiva y de vida compartida en pareja sin ninguna otra proyección social. Es más. Es la célula en la que el varón y la mujer se encuentran en comunión de cuerpo, alma y proyectos, para ser felices y crecer como personas, en una donación recíproca y complementaria, proyectada en la transmisión de la vida, aportando a la sociedad el don de nuevos hermanos y ciudadanos. Se trata de una vinculación en pareja que exige determinadas condiciones biológicas, psicológicas y espirituales para poder ser, por lo menos intencionalmente, una realidad plenamente integrada e integradora de la persona, entendida esta como sujeto individual y social, implicado en el proyecto de engendrar hijos a la Patria. Ninguna otra conformación de pareja, que no incluya la diversidad y la complementariedad de sexo masculino y femenino, puede ofrecer descendencia a la raza humana, y con ello los demás bienes de una sociedad que crece, se renueva y proyecta en el futuro. Toda continuidad biológica, al margen de esta perspectiva, estará sujeta a la concepción de la vida fuera de la esfera matrimonial, dejando al desamparo y a la indefensión (total o parcial) el ser humano engendrado. A partir de esto, juzgamos que equiparar jurídicamente, bajo la noción de matrimonio, la situación de parejas del mismo sexo, es uniformar dos realidades diversas en desmedro de lo que es realmente el matrimonio. Es establecer, jurídica y prácticamente, una nueva forma de discriminación. En este caso se le niega al Matrimonio su diversidad, tal como nos fue dado en la naturaleza, y tal como se lo concibe y llama en la totalidad de las naciones y de las culturas. Se le niega lo específico y esencial. Se le niega su característica más significativa y calificadora que hacen del mismo un bien social, que trasciende la esfera de lo privado. Ninguna legislación internacional (ni recomendaciones, ni fallos) ordena incluir bajo el concepto de matrimonio las uniones de personas del mismo sexo, sino que, respetuosa de la diferencia, recomienda solo la no discriminación de las personas por su orientación sexual. Plantear el acceso de las uniones de personas del mismo sexo al matrimonio como superación de una discriminación es falso y agraviante. Discriminar significa tratar en forma desigual a dos realidades que son iguales. Ahora bien, la unión de personas del mismo sexo no es igual a la alianza matrimonial de un varón con una mujer. Los problemas reales de discriminación entre personas no pasan por ahí, y deben ser resueltos en la verdad y la justicia de manera que no se añada una nueva rasgadura en el tejido social de la Nación Argentina.
d. El matrimonio es un bien de la humanidad, altamente valorado, y lo es también de nuestro acerbo cultural y nacional. Lo es de hecho y constitucionalmente. Como tal es algo esencial al Bien Común de los argentinos. No podríamos negarlo sin erosionar los cimientos mismos de nuestra unidad e identidad nacional. Por lo tanto, toda legislación a favor de personas o sectores particulares, cuya opción de vida sea distinta, deberá encuadrarse de tal manera que no afecte directa o indirectamente un bien que es esencial para todos.
2. Tarea de los legisladores
Cualquier legislación sobre las uniones de personas del mismo sexo, a nuestro entender, debería: * respetar la especificidad del matrimonio como tal, por la tanto no se las puede equiparar sin crear una nueva y dolorosa discriminación; tener en cuenta que el Bien Común está por sobre el bien particular de personas y grupos que hicieron una opción de vida distinta. Este principio vale también para otras expresiones sociales, culturales, políticas y religiosas que son particulares.
A los legisladores compete el deber de despojarse de sentimientos, intereses y presiones particulares, para legislar en armonía con el todo. Les compete también ser creativos para buscar respuestas nuevas y adecuadas ante planteos y sensibilidades, viejos o nuevos, que reclaman una justa superación de formas históricas discriminantes, evitando la confusión conceptual y la homogenización formal de lo que debe ser respetado en su diversidad.
Los legisladores están al servicio de un proyecto global de Nación, para que sea una realidad el bien, la dignidad y la felicidad del conjunto del pueblo argentino y de cada persona que lo integra, sin someter a nadie, ni sacrificar la riqueza de su legítima diversidad.
Solo un acierto real en este ámbito afianzará una convivencia respetuosa de los argentinos, que supere toda clase de prejuicios hoy existentes, para construir un futuro más justo y solidario. La confrontación hoy existente no lo soluciona la sola ley, si la misma no va aparejada a una visión antropológica adecuada en el claro respeto de las diversidades.
3) Adopción
De no menor importancia es también el tema de la pretensión de Adopción de Niños por parejas del mismo sexo. Creemos que nadie tiene derecho a adoptar. Todo lo contrario: es el niño quien tiene derecho a una familia, tal como se lo reconoce la Convención Internacional sobre los Derechos de la Infancia , preámbulo, parágrafo 5º. No puede anteponerse un pretendido derecho de los adultos al derecho real prioritario de los niños, que deben ser los únicos privilegiados.
El ámbito natural que les corresponde para crecer, desarrollarse, autoafirmarse, formarse y proyectarse felizmente es el ámbito donde tuvieron origen: la familia natural y, en su defecto, un ámbito similar donde tenga papá y mamá. La existencia de situaciones que no contemplen esta exigencia básica, por la muerte o por la ausencia de uno o ambos progenitores, son siempre respuestas precarias; están lejos de ser una solución adecuada.
La Declaración de los Derechos del Niño (art. 8º, punto 1) dicen que “los estados se comprometen a respetar el derecho del niño a preservar su identidad. Incluyendo en ella la nacionalidad, el nombre y sus relaciones familiares”. La psicología destaca que la identidad es la construcción dinámica de la conciencia de uno mismo a través de relaciones inter-subjetivas. El niño para poder ir definiendo su identidad necesita, desde la primera infancia, interactuar con progenitores, tutores o padres adoptivos de diferente sexo. Necesita tener “modelos” contrastables, no equiparables. Cuando le falta un progenitor (por viudez, separación u otro motivo) el niño padece dicha carencia, que a veces es fuente de desajustes personales. Esta situación se agravaría si se le añade la confusión de afrontar dos figuras equiparadas. El respeto por las diferencias no autoriza a proponer este modelo a infantes que deben construir su identidad.
Aunque existiesen casos de parejas del mismo sexo que adoptaron chicos y la experiencia ha sido positiva, no se puede legislar a partir de casos de excepción.
El Estado tiene el deber de tutelar los derechos primordiales del niño, y revisar y destrabar la burocracia que impide que tengamos en Argentina una Ley de Adopción más ágil y eficaz en orden al bien de niños que carecen de hogar.
4. Conclusión
Por todo lo arriba expresado, rechazamos el Proyecto de Ley que pretende legalizar las uniones de personas del mismo sexo equiparándolas al matrimonio y confiriéndoles el derecho de adopción de niños. Por otra parte, los reclamos de este sector, sobre asuntos de interés recíproco, pueden ser bien atendidos en el ámbito del derecho privado, como suele ser para cualquier grupo, asociación o institución particular.
Al concluir esta presentación, no quisiéramos que este tema hoy agotara la fuerza y la amplitud de horizontes y de compromisos de la sociedad argentina, especialmente de su clase política y de sus legisladores. Creemos que en la agenda del debate nacional merecerían tener prioridad muchos otros temas que tienen que ver con el compromiso a favor de la vida plena para todos, la defensa de la dignidad de la persona, la construcción de una sociedad más feliz, justa y reconciliada, los caminos de pacificación, la educación, donde se garantice la igualdad de oportunidades de desarrollo para todos, y el cuidado del medio ambiente y de toda la creación.
Hemos querido reflexionar en voz alta como simple ciudadanos, pero también como pastores que quieren achicar las distancias entre las posturas particulares, acentuando el Bien Común, reconociendo la riqueza de la pluralidad, sin ocultar la propia identidad, con gran respeto por los que tienen razones fundadas para aportar algo distinto, con mayor respeto aún por los sectores de hermanos y hermanas con distinta orientación y opción de vida afectiva y sexual. Prima sobre todo el respeto y amor por su persona que para nosotros es sagrada, tanto más que a muchos de ellos y de ellas los reconocemos como hijos de la Iglesia y miembros del Cuerpo de Cristo. A ellos/as ofrecemos desde nuestro ministerio, toda aquella apertura y atención personal que le permita un siempre mayor acercamiento a Jesucristo, concientes de la común igualdad en dignidad humana y en el destino trascendente de nuestra vida.
Junio del 2010
Virginio D. Bressanelli, scj, obispo Coadjutor de Neuquén
Marcelo A. Cuenca, Obispo del Alto Valle del Río Negro
Esteban M. Laxague, sdb, obispo de Viedma
Fernando C. Maletti, obispo de San Carlos de Bariloche
Marcelo A. Melani, sdb, obispo de Neuquén
Juan C. Romanín, sdb, obispo de Río Gallegos
José Slaby, c.ss.r, obispo de la Prelatura de Esquel
Joaquín G. Lahoz, administrador Diocesano de Comodoro Rivadavia
Néstor H. Navarro y José P. Pozzi, obispos eméritos del Alto Valle del Río Negro